Impuestos y doble tributación Colombia–Europa
Resumen: Según la DIAN, un colombiano que vive fuera puede dejar de ser residente fiscal en Colombia si no supera 183 días en el país en 365 días consecutivos y acredita su residencia fiscal en el exterior, entre otras condiciones del artículo 10 del Estatuto Tributario. Colombia tiene convenios vigentes para evitar la doble imposición con España, Suiza, Portugal, República Checa, Reino Unido, Italia y Francia.
Convenios vigentes con países europeos (DIAN)
| País | Ley | Entrada en vigor |
|---|---|---|
| España | Ley 1082 de 2006 | 23/10/2008 |
| Suiza | Ley 1344 de 2009 | 01/01/2012 |
| Portugal | Ley 1692 de 2013 | 30/01/2015 |
| República Checa | Ley 1690 de 2013 | 06/05/2015 |
| Reino Unido | Ley 1939 de 2018 | 13/12/2019 |
| Italia | Ley 2004 de 2019 | 07/10/2021 |
| Francia | Ley 2061 de 2020 | 01/01/2022 |
Según la DIAN, los convenios con Países Bajos y Luxemburgo figuran como no vigentes. Fuente: DIAN – Convenios tributarios internacionales.
Si no eres residente fiscal en Colombia
Solo tributas en Colombia por rentas de fuente colombiana y patrimonio en Colombia. Umbrales y obligación de declarar en cada año gravable: [POR VERIFICAR – consulta la información vigente] (fuente oficial).
Requisitos
- Certificado de residencia fiscal del país europeo, cuando aplique.
- Soportes de ingresos y patrimonio en cada país.
- RUT actualizado ante la DIAN si tienes obligaciones en Colombia: [POR VERIFICAR – consulta la información vigente] (fuente oficial).
Paso a paso
- Determina tu residencia fiscal según el artículo 10 del Estatuto Tributario y la normativa del país europeo.
- Obtén el certificado de residencia fiscal del país donde vives si lo necesitas.
- Comprueba si existe convenio con tu país de residencia y qué artículo aplica a tu tipo de renta.
- Revisa si debes declarar renta en Colombia y en el país europeo.
- Consulta a la DIAN o a un profesional ante dudas.
Preguntas frecuentes
¿Dejo de declarar renta en Colombia si me voy a Europa?
Depende de tu residencia fiscal. Si no eres residente, solo tributas por rentas de fuente colombiana y patrimonio en Colombia.
¿Con qué países europeos hay convenio de doble tributación?
Según la DIAN: España, Suiza, Portugal, República Checa, Reino Unido, Italia y Francia.
¿Hay convenio con Alemania o Países Bajos?
Con Países Bajos la DIAN lo indica como no vigente; con Alemania no figura convenio vigente en la lista de la DIAN.
¿Qué es la regla de los 183 días?
Es uno de los criterios del artículo 10 del Estatuto Tributario: permanecer más de 183 días calendario en Colombia en 365 días consecutivos.
Fuente oficial
- DIAN – Convenios tributarios internacionales
- DIAN – Renta residentes en el exterior
- DIAN – Concepto 14536 de 2025
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Información verificada el 10/10/2026 en fuentes oficiales. Las tarifas y requisitos pueden cambiar: confirma siempre con la entidad competente antes de iniciar el trámite.